Las Cámaras de Comercio de Colombia tienen a su cargo la administración del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo

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Registrarse

Registre su entidad operadora de libranza diligenciando el formulario único. Una vez radicada la información esta será validada por la Cámara de Comercio y si es aceptada se la asignara un código de reconocimiento.

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Modificar

Las entidades registradas pueden actualizar la información de su entidad operadora de libranza mediante el diligenciamiento de los campos a modificar del formulario.

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Renovar

Las entidades registradas deben renovar la información de su entidad operadora de libranza, la renovación deberá efectuarse anualmente del 1 de enero al 31 de marzo.

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Cancelar

Las entidades pueden cancelar su registro mediante el diligenciamiento del formulario y adjuntando los soportes requeridos por la normatividad vigente

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Condiciones de la búsqueda

Criterio de consulta. Consulta del RUNEOL. Corresponde al empleador o entidad pagadora la consulta del RUNEOL, con el fin de verificar la inscripción de la respectiva entidad operadora, de tal manera, que no podrá exigirle a esta última o a la Cámara de Comercio constancia o prueba de tal hecho.

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AVISO IMPORTANTE

En cumplimiento del artículo 143 de la Ley 1753 del 9 de junio 2015, el Registro de Operadores de Libranza esta en operación desde el día 10 de septiembre de 2015 administrado por las Cámaras de Comercio.

Se encuentra habilitado el servicio de consulta de los registros activos de acuerdo a la información transferida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Los servicios de registro, modificación, actualización, cancelación y renovación se habilitarán una vez sean expedidos y publicados los decretos reglamentarios.

Una Solución de las Cámaras de Comercio de Colombia