El Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo, tendrá una vigencia anual y deberá renovarse dentro del período
comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin importar cuál hubiere sido la fecha de la inscripción inicial o renovación por parte del
operador de libranzas o descuento directo.
Una vez entre nuevamente en operación el Registro, los operadores de libranza o descuento directo obligados a renovar su inscripción, podrán hacerlo sin
costo alguno hasta el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con la información que transfiera el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las Cámaras de
Comercio. (Aquellos cuya fecha de inscripción o renovación transferida por el Ministerio sea igual o inferior al 31 de diciembre de 2014 lo cual se puede
verificar al consultar el registro)
Si el interesado no solicita la renovación del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo dentro del término
establecido, este se cancelará automáticamente y cesarán sus efectos.
Si no conoce el número del Registro al momento de renovar o la fecha de inscripción o renovación transferida por el Ministerio, podrá previamente utilizar
la opción de CONSULTA.